dissabte, 1 d’octubre del 2016

Barcelona: Apuntes Legales sobre Derechos y Obligaciones de los Cuidadores de Colonias.

1.   En Catalunya los gatos son considerados siempre animales de compañía, sea cual sea su situación.

En el decreto legislativo 2/2008, o Ley de Protección de los animales de Catalunya, se considera el gato como una de las 3 especies que siempre será considerada  como un animal de compañía.

·     Animal de Compañía: Animal doméstico que las personas mantienen generalmente en el hogar para obtener compañía. A los efectos de esta Ley, disfrutan siempre de esta consideración los perros, los gatos y los hurones”  [Definiciones - (Artículo 3.b)].


2.  En Catalunya los municipios son responsables de los animales de compañía abandonados, perdidos o asilvestrados.

En el decreto legislativo 2/2008, o Ley de Protección de los animales de Catalunya se establece la responsabilidad de los municipios en materia de animales de compañía abandonados, perdidos y asilvestrados:

·     “Corresponde a los ayuntamientos recoger y controlar a los animales abandonados, perdidos o asilvestrados, y controlar a los animales salvajes urbanos” (Artículo 16.1).

·     ”Corresponde a los ayuntamientos la captura en vivo de perros, gatos y hurones asilvestrados por métodos de inmovilización a distancia” (Artículo 19.1).


3.   El concepto de “colonias de gatos” está contemplado en la Ordenanza de Barcelona.

Las colonias de gatos ferales (artículo 28).

1. Las colonias de gatos ferales consisten en la agrupación controlada de gatos sin persona propietaria o poseedora conocida, debidamente esterilizados, que conviven en un espacio público o privado, a cargo de organizaciones y entidades cívicas sin afán de lucro, con el objetivo de velar por su bienestar y donde reciben atención, vigilancia sanitaria y alimentación. El Ayuntamiento de Barcelona promueve la existencia de las colonias controladas de gatos ferales y da apoyo a las entidades que cuidan de ellos.

2. Los gatos ferales pertenecientes a las colonias serán alimentados con pienso seco diariamente y dispondrán siempre de agua limpia y fresca. Se acostumbrará a los gatos a alimentarse en el mismo lugar y a la misma hora para facilitar la captura y la observación de la colonia. Los recipientes de comida tendrán un diseño estéticamente aceptable y se colocarán, siempre que sea posible, escondidos en las áreas de vegetación. Nunca se dejará alimento en el suelo. Los restos de alimento serán limpiados diariamente para evitar riesgos sanitarios.

En todo caso, siempre se debe cumplir la obligación de prevenir y evitar ensuciar la vía y los espacios públicos.

Se entiende por ensuciar la vía y los espacios públicos el abandono de cualquier tipo de residuo en cualquier tipo de espacio público (incluyendo todo tipo de residuos, tanto orgánicos como inorgánicos, sólidos o líquidos y de cualquier tamaño).


4. No está prohibido alimentar gatos en la vía pública en Barcelona, está prohibido ensuciar la vía pública.

Artículo 27. Alimentación de los animales en la vía y los espacios públicos.

1. De acuerdo con las necesidades sanitarias, el equilibrio zoológico y la variación de los factores que afecten a la dinámica poblacional, siempre y cuando no se ponga en peligro su bienestar y se establezcan planes de actuación para la gestión proteccionista de sus poblaciones, el Alcalde, una vez consultado el Consejo Municipal de Convivencia, Defensa y Protección de los Animales, establecerá qué animales y en qué circunstancias no pueden ser alimentados por los ciudadanos en el espacio público. En todo caso, siempre se cumplirá con la obligación de evitar ensuciar los espacios públicos.

2. Prevalecerán los criterios de buenas prácticas para fomentar una convivencia respetuosa entre los ciudadanos y los animales.


5.  Reconocimiento del gato feral en la ordenanza de Barcelona:

L’Ordenança sobre la Protecció, la Tinença i la Venda d’Animals (2014) reconoce por primera vez el gato feral (art 2 - Definiciones):

“Gato feral: se establece la consideración diferenciada del gato feral frente al gato doméstico, y se reconoce su idiosincrasia propia. Los gatos ferales son miembros de la especie de felino doméstico (Felis catus), pero no están socializados con los seres humanos y por lo tanto no son adoptables. Los gatos ferales aparecen por el abandono o la huida de gatos domésticos, que se convierten en gatos asilvestrados tras vivir un tiempo por sí mismos, o son gatos descendientes de otros gatos ferales. Los gatos ferales llevan vidas saludables y naturales en su propio espacio; su hogar está al aire libre”.